En la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de La Paz nos preocupa la situación en el comercio por la contingencia que vive el mundo entero de la pandemia del coronavirus COVID-19 y que en Baja California Sur no somos la excepción, es por eso que hemos implementado un numero telefónico y un correo electrónico para que sea el canal de comunicación con los empresarios.

Ponemos a su disposición los siguientes medios para Asesoría gratuita en materia económica, fiscal y jurídica.

Via telefono al

612 151 5120

Por correo electronico a

info@canacolapaz.com

Apoyos solicitados por escrito en favor de las empresas formales a las dependencias federales, estatales y municipales.

Municipales

Dependencia/Autoridad
Documentos
Estado de la Solicitud
H. XVI Ayuntamiento de Comondú
Acuse de recibido pendiente.
H. XVI Ayuntamiento de La Paz
Recibido
H. IX Ayuntamiento de Loreto
Recibido
H. XIII Ayuntamiento de Los Cabos
Recibido
H. XVI Ayuntamiento de Mulegé
Recibido

Estatales

Dependencia/Autoridad
Documentos
Estado de la Solicitud
Gobierno del Estado de B.C.S.
Recibido
H. Congreso del Estado de B.C.S. XV Legislatura
Recibido

Federales

Dependencia/Autoridad
Documentos
Estado de la Solicitud
Secretaría de Bienestar
Recibido
Delegación IMSS B.C.S.
Recibido
Delegación INFONAVIT B.C.S.
Recibido
Secretaría de Turismo
Recibido

Escritos de Solicitud de Rescate a las PYMES COVID-19

Dependencia/Autoridad
Documentos
Estado de la Solicitud
Gobernador de Baja California Sur
Carlos Mendoza Davis
Enviado
H. Congreso del Estado de Baja California Sur
Diputadas y Diputados
Enviado
Camara de Diputados
LXIV Legislatura
Diputada Ana Ruth Garcia Grande
Enviado
Camara de Diputados
LXIV Legislatura
Diputado Alfredo Porras Dominguez
Enviado
Camara de Diputados
LXIV Legislatura
Isaías González Cuevas
Enviado
Camara de Diputados
LXIV Legislatura
Diputado Rigoberto Mares Aguilar
Enviado
Senado de la República
LXIV Legislatura
Senador Ricardo Velazquez
Enviado
Senado de la República
LXIV Legislatura
Senadora Lupita Saldaña
Enviado

Beneficios otorgados por las dependencias e instituciones

Gobierno del Estado de Baja California Sur

DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES DE BAJA CALIFORNIA SUR PARA AFRONTAR LA CONTINGENCIA SANITARIA ORIGINADA POR EL COVID-19 Y SE DECRETAN DIAS INHABILES PARA LAS AUTORIDADES FISCALES DEL ESTADO.

Artículo Primero. – Se otorgan a las contribuyentes que tienen obligación de pagar las contribuciones estatales del Impuesto Sobre Nómina y la  tarjeta de circulación (revista vehicular), los siguientes beneficios fiscales:

  1. Se define como obligación de la presentación de la declaración mensual del Impuesto Sobre Nóminas, a que se refiere el artículo 37 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California Sur, por los meses y en los plazos siguientes:
    • El impuesto causado en el mes de marzo del 2020, el contribuyente podrá optar por presentarla a mas tardar el 31 de agosto del presente año.
    • El Impuesto causado en el mes de abril del 2020, el contribuyente podrá optar por presentarla a más tardar el 31 de octubre del presente año.
    • El Impuesto causado en el mes de mayo del 2020, el contribuyente podrá optar por presentarla a más tardar el 31 de diciembre del presente año.
  2. El pago de derechos por la expedición de la tarjeta de circulación (revista vehicular) que debe efectuarse los primeros 4 meses del año, de conformidad con el articulo 27, fracción I, numeral 8, de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur, se difiere para que éste se realice a mas tardar el 30 de junio del 2020.
Descargar decreto

INFONAVIT

A partir del 15 de abril el Instituto implementará un conjunto de medidas que, por un lado, protegerá la solvencia financiera de las familias, y por otro, incentivará la actividad económica para coadyuvar en la preservación de los empleos y la supervivencia de las pequeñas y medianas empresas (PyMEs).

1.- El Infonavit dispondrá de hasta 7 mil 326 millones de pesos para aplicar de forma universal el seguro por desempleo, para cubrir los pagos de hasta tres meses de aquellos acreditados que pierdan su relación laboral. Esto con la finalidad de que conserven su patrimonio familiar.

Los acreditados no tendrán que cubrir ningún copago asociado y este beneficio podrá ser solicitado a partir del 15 de abril, para hacerlo efectivo sobre las mensualidades de mayo, junio y julio.

2.- Se otorgarán diferimientos en el pago de la mensualidad hipotecaria, capital e intereses, con congelamiento de saldo, para cualquier acreditado que, debido a la coyuntura, vea afectada su continuidad laboral o ingreso, y lo solicite al Instituto.

SGCOM-18-2020

Bajo esta solución, se otorgará un periodo inicial de tres meses para retomar el pago de la hipoteca, periodo que podrá ampliarse hasta tres meses más; es decir, que habrá hasta 6 meses de prórroga para continuar con la amortización del financiamiento, sin cobro de intereses.

3.- Para los trabajadores cuyas empresas se declaren en paro técnico, el Infonavit aplicará beneficios de al menos 25% del factor de pago con el que se calcula su mensualidad vía nómina y podrá aplicarse por un periodo no mayor a 12 meses, dependiendo de las condiciones del crédito.

Asimismo, el Infonavit podrá autorizar una prórroga temporal por hasta 3 meses renovables sobre estas facilidades, la cual deberá solicitarse por el trabajador en la Delegación Regional o a través de los medios que el Instituto determine.

4.- Con la finalidad de no frenar la oferta de vivienda y la colocación hipotecaria, el Instituto agilizará los trámites de verificación de obra y firma de los créditos, lo que ayudará a la rápida generación de oferta de inmuebles y a aminorar los efectos de la posible crisis económica.

Descargar comunicado

H. IX Ayuntamiento de Loreto

  • Velar por la transparencia, agilidad y legalidad en los acuerdos tomados en las diferentes comisiones que tiene una implicación directa en lo concerniente al comercio formal , así como una correcta difusión de los mismos.
  • Otorgar prorroga en el pago de derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público, específicamente por el uso común y ocupación de la vía pública.
  • Otorgar a los contribuyentes de giros o actividades comerciales, industriales y de servicios, una prórroga extensiva de carácter general al periodo establecido por el articulo 83 de la Ley de Hacienda para el Municipio de Loreto, Baja California Sur, para el refrendo de sus licencias comerciales y de alcoholes, considerándose dicha prorroga hasta el día 30 de junio del año 2020 y de igual manera se otorgue un 50% de descuento en multas de refrendos de ejercicios anteriores.
  • Ordenar el reforzar los rondines preventivos de la policía municipal con el fin de mantener la seguridad y gobernabilidad del municipio […]
Descargar Oficio

Instituto Mexicano del Seguro Social

Primero. Convenio de pago en parcialidades de cuotas IMSS previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social. En este aspecto se establecen mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses.

El monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos.

El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26 por ciento y 1.82 por ciento, en función del plazo elegido (12, 24 y más de 24 meses) desde el momento de su formalización.

Segundo. Para la suscripción del citado convenio no se requerirá ningún tipo de garantías, esto en virtud de la autorización otorgada a través del Acuerdo del Consejo Técnico número ACDO. AS2. HCT.300419/150.P.DIR , del 30 de abril de 2019.

Tercero. De cubrir oportunamente los compromisos convenidos las multas pueden ser disminuidas de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003.

Cuarto. El articulo 31 de la Ley del Seguro Social prevé el descuento de hasta 7 días por ausentismos en los casos de ausencia del trabajador en donde subsista la relación laboral. Durante estos días se pagará la cuota que corresponde al Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Quinto. En concordancia con la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por la autoridad sanitaria debido a la epidemia por enfermedad generada por el virus SARS-COV2 (COVID-19), se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.

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Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Aunado a la serie de medidas de la Jornada de Sana Distancia, el SAT habilitó la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx) como una herramienta tecnológica para que las y los contribuyentes generen o actualicen su contraseña desde casa y facilitar la presentación de la declaración de personas físicas durante el mes de abril.

El SAT cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada a diferencia de cualquier otra dependencia del gobierno federal, ya que es la institución que realiza más transacciones a nivel nacional. A pesar de ello y en aras de la transparencia, reconocemos que la alta demanda para generar o actualizar la contraseña rebasó nuestro sistema. Esta limitante en la página SAT-ID se encuentra en proceso de mejora continua para resolver las situaciones técnicas que se han reportado.

Por lo anterior y atendiendo a las situaciones que se presentan, con el fin de facilitar la recaudación y promover que los trámites se realicen desde casa preferentemente, el SAT ha decidido extender el plazo para realizar la declaración de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020.

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Apoyo a Empresarios Solidarios

Determinó el universo de patrones: Aquellos que con corte al 15 de abril habían conservado el promedio de la plantilla laboral durante el primer trimestre de 2020

• Diseñó un portal para que los patrones conocieran si eran elegibles para la obtención del apoyo.

• Número telefónico 800 6 23 23 23, opción 2 para orientación y dudas.

• A partir de hoy 23 de abril, el IMSS, en coordinación con la Secretaría de Economía, habilita la plataforma de capturar de la información necesaria para la entrega del apoyo.

• La información captada a través del portal del IMSS será puesta a disposición de la Secretaría de Economía, en apego al convenio de intercambio de información para el efecto suscrito entre ambas entidades.

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Secretaría de Economía

Financiamiento a micro y pequeñas empresas para apoyar sus negocios y trabajadores independientes para mitigar los efectos del COVID-19.

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Protocolos para el Regreso de los Comercios, los Servicios y el Turismo a la actividad económica durante la emergencia sanitaria COVID – 19

CONCANACO SERVYTUR

Protocolo para el regreso de los comercios, los servicios y el turismo a la actividad económica durante la emergencia sanitaria COVID-19

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Secretaría de Turismo

Lineamiento Nacional para la reapertura del Sector Turístico

Descargar Lineamiento

Secretaría de Turismo

Lineamiento Nacional para la reapertura del Sector Turístico – Presentación

Descargar Presentación

Gobierno de México

Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno social.

Descargar Lineamiento

Gobierno de México - IMSS

Lista de comprobación ante la COVID-19 retorno al trabajo para medianas empresas.

Descargar Lista de Comprobación

Gobierno de México - IMSS

Lista de comprobación ante la COVID-19 retorno al trabajo para micro y pequeñas empresas.

Descargar Lista de Comprobación

Secretaria de Gobernación

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas.

Ver acuerdo en el DOF

Gobierno de México - IMSS

Reactivación económica: regreso a la nueva normalidad

Descargar documento

Gobierno de México

Registro para la autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria en las Empresas

Ver información

Gobierno de Baja California Sur

Protocolo de actuación en comercio complementario a la minería y la construcción en el estado de Baja California  Sur

Descargar protocolo

Gobierno de Baja California Sur

Protocolo Sanitario Obras Públicas y Privadas en el estado de Baja California  Sur

Descargar protocolo

Gobierno de Baja California Sur

Protocolo de actuación en minerías en el estado de Baja California Sur

Descargar protocolo

Gobierno de Baja California Sur

Autoevaluación de medidas sanitarias

Mas información